Policía solo retendrá a personas sin identificar si cree que van a delinquir
La Policía Nacional solo podrá trasladar a dependencias policiales a efectos de identificación -retención para identificación- a aquellas personas sin identificar y de las que «razonable y fundadamente» pueda presumirse que están «en disposición actual de cometer un ilícito penal».
Madrid, 22 may.- La Policía Nacional solo podrá trasladar a dependencias policiales a efectos de identificación -retención para identificación- a aquellas personas sin identificar y de las que «razonable y fundadamente» pueda presumirse que están «en disposición actual de cometer un ilícito penal».
Así consta en una circular publicada hoy por el director general de la Policía, Ignacio Cosidó, a la que ha tenido acceso Efe, y que prohíbe el establecimiento de cupos de detención de inmigrantes irregulares o las redadas indiscriminadas «basadas únicamente en criterios étnicos».
La orden especifica que las identificaciones de personas que infundan sospechas se realizarán de forma «proporcionada, respetuosa y del modo que menos incidencia genere en la esfera del individuo».
Reitera también la prohibición de «actuaciones innecesarias, arbitrarias, abusivas» o que supongan una extralimitación de las facultades que el ordenamiento jurídico otorga a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Además, resalta la improcedencia de trasladar a dependencias policiales a los ciudadanos extranjeros, cuya estancia irregular en España se constate tras su identificación, «siempre que se haya comprobado su identidad y justifique un domicilio».
No obstante, autoriza el trasladado a comisaría de aquellas personas sin identificar de las que pueda presumirse que se hallan en disposición actual de cometer un delito o de aquellas que «hayan incurrido en una infracción administrativa».
Asimismo, la «prevención» será el objetivo principal de los dispositivos policiales que se dirigirán a «erradicar las redes de inmigración ilegal y trata de personas», así como a la expulsión de aquellos extranjeros en situación irregular sujetos a procedimientos penales.
La nueva instrucción, anunciada ayer por la Dirección General de la Policía, recoge las normas ya transmitidas por el comisario general de Extranjería y Fronteras tras las modificaciones legislativas introducidas en la Ley de Extranjería en 2000 y pretende «eliminar cualquier ambigüedad» o interpretación imprecisa.
El texto reconoce que una anterior circular del año 2010, dictada durante el gobierno socialista, suscitó «cierta confusión» que pudo derivar en «interpretaciones erróneas» de la norma.


