Expulsado de España por agredir a un edil
La Audiencia de Teruel le condena por darle un cabezazo tras perder su trabajo
Los hechos se remontan a diciembre del año 2004. En aquellas fechas, el acusado comunicó al concejal de Obras del Ayuntamiento de La Puebla de Valverde, donde llevaba varios meses trabajando, que se marchaba de viaje a su país, donde dijo que permanecería tres semanas. Sin embargo, no regresó hasta pasados cuatro meses y, a su llegada al pueblo, el edil le comunicó que no podía seguir trabajando para el ayuntamiento ni ocupando la vivienda que se le había facilitado al ser contratado.
PRINCIPIO DE AUTORIDAD Según la sentencia, sobre las 17.45 horas del 4 de abril del 2005, Abdellah H. acudió «muy alterado» al despacho del concejal con la intención de reclamar el dinero que la corporación le debía por los trabajos prestados, pedir el finiquito y reprocharle su expulsión de la vivienda municipal. La víctima y su agresor salieron a continuación a la calle y allí Abdellah propinó un cabezazo en la frente al concejal, que sufrió una lesión de la que tardó en curar 15 días y que le dejó una cicatriz de cuatro centímetros.
En sus fundamentos de Derecho, el fallo establece que el cabezazo «afectó simultáneamente a dos bienes jurídicos», el principio de autoridad del que están investidos los miembros de la corporación municipal, que implica un menoscabo del respeto que se les debe, y la integridad física de tales personas.
16 oct/amodom/ elperiodicodearagon.com


