Danilo Medina podrá repostularse sin modificar a la Constitución, reafirma abogado

El abogado Julio Cury reiteró ayer que Danilo Medina podría optar por la Presidencia de la República sin modificar la Constitución, y explicó que la sentencia que dictó el viernes pasado el Tribunal Constitucional es correcta, pues la Carta Magna no puede ser objeto de acción directa e inconstitucionalidad.
“La antinomia o tensión entre el vigésimo transitorio y el derecho de igualdad, por un lado, y el principio de irretroactividad, por el otro, sería resuelto, en primera instancia y conforme al art. 13.2 de la Ley No. 29-11, por el Tribunal Superior Electoral con motivo del eventual apoderamiento que resulte del conflicto a que pudiera dar lugar la inscripción en el PLD de la precandidatura del presidente Medina”, sostuvo.
Agregó que el TSE tendría que determinar si el constituyente discriminó negativamente al jefe de Estado al vedarle aspirar por el resto de su vida a la primera magistratura de la nación. Dijo que el contenido protegido del derecho de igualdad que consagra el art. 39 de la Constitución, se proyecta prohibiendo que cualquier contenido normativo prevea o aplique tratos diferenciados sin base objetiva ni razonable.
Asimismo, Cury añadió que la sentencia que dicte el Tribunal Superior Electoral al respecto pudiese eventualmente recurrirse en revisión constitucional por ante el Tribunal Constitucional, que sin declarar inconstitucional el vigésimo transitorio como pretendió el abogado Fredermino Ferreras Díaz, sí podrá en base al principio de prevalencia y con la mayoría calificada de 9 de sus 13 jueces, decidir finalmente si dicho texto colide o no con el derecho fundamental de igualdad, y en caso afirmativo, precisar cuál de las normas en pugna es preponderante.